viernes, 13 de enero de 2012

JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL


Los juicios orales son procesos judiciales que se llevan a cabo de forma verbal, a través de audiencias dirigidas por un Juez; las argumentaciones y alegatos no se admiten por escrito como tradicionalmente se hacia en México, sino de forma oral; como parte del procedimiento penal en el cual el Ministerio Público precisa la acusación; el acusado y su abogado presentan la defensa, y el órgano jurisdiccional valora las pruebas para formarse un juicio y dictar su resolución, esta modalidad abre la posibilidad de que todas partes involucradas en el proceso se encuentren presentes en las audiencias, con la finalidad de que tengan conocimiento de las pruebas recabadas, para poder refutarlas o defenderlas.

Sin embargo, cuando se plantean los juicios orales como una nueva modalidad del proceso penal, no se refiere, únicamente, al hecho de incorporar elementos orales, sino, a las reformas que necesita el sistema jurídico-penal para evitar tantas anomalías e injusticias que se han presentado en algunos casos a través de la historia, así como, el cumplir con las obligaciones acordadas en los tratados internacionales, no sólo en materia penal, sino, en cuestión de Derechos Humanos, las cuales se puede considerar que son de tres tipos: de respetar, proteger y cumplir o realizar. Apegados a las obligaciones que se deben incluir en esta nueva modalidad de juicios orales, se ha determinado que se deben regir bajo los principios de: oralidad, continuidad, inmediación, publicidad, concentración y contradicción.

La introducción de los juicios orales en materia penal pretenden realizar serias modificaciones en el procedimiento actual, se cambiará el sistema inquisitivo y escrito basado en expedientes escritos, poco transparentes, alejados del conocimiento de los ciudadanos y propenso a la desconfianza debido a ese secretismo con que se realiza; y se instaurará el sistema penal acusatorio y oral basado en una serie de audiencias públicas y orales, que contarán con la presencia, permanente, tanto del Juez como de la víctima, el acusado, sus abogados y el público en general, con todas las pruebas técnicas y objetivas que presenten ambas partes.

De esta manera, el hecho de que los juicios orales se lleven a cabo de manera pública, observando las pruebas presentadas, los alegatos de ambas partes y la manera en que el Juez conduce las audiencias permite una gran transparencia y rendición de cuentas acerca de cómo se lleva a cabo el proceso, además, evitará que se presenten dudas  cuando el juez emite su sentencia, porque todas las partes involucradas estarán presentes, así como el público en general, quienes, también, se formarán una opinión acerca del caso y de la manera en que los Jueces conducen las audiencias, para calificar y evaluar la impartición de justicia, lo cual puede contribuir a que la gente recupere al cien por ciento la confianza y la credibilidad en las autoridades jurisdiccionales.

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